Registro WEB DIAN

ACTUALIZACIÓN ANUAL DE LA INFORMACIÓN REGISTRO WEB EN EL RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL AÑO

INSTITUTO TOBIAS EMANUEL

Los contribuyentes que opten por continuar en el RTE del impuesto sobre la renta y complementario, deberán enviar la información del registro web establecido en el artículo 1.2.1.5.1.3 del Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria – DUR No. 1625 de 2016.

Tal como lo establece en el artículo 1.2.1.5.1.9 del mencionado decreto, en el proceso de actualización deberán adjuntar la información de la copia de los estatutos de la entidad y la certificación suscrita por el representante legal (numerales 4 y 5 del artículo 1.2.1.5.1.8 del DUR), siempre y cuando existas algún cambio frente a la información reportada en el momento de realizar el proceso de calificación o permanencia. Con relación al numeral 6 ibídem se debe adjuntar el acta, cuando se den alguno de los supuestos establecidos en dicho numeral.

DOCUMENTACION REQUERIDA PARA PRESENTAR PROCESO DE ACTUALIZACION DEL REGISTRO WEB EN EL RTE

1. Informe anual de resultados o de gestión que prevea datos sobre sus proyectos en curso y los finalizados, los ingresos, los contratos realizados, subsidios y aportes recibidos, así como las metas logradas en beneficio de la comunidad.

Ver Informe anexo

2. Los estados financieros de la entidad del año inmediatamente anterior debidamente autorizados por el máximo órgano de administración.

Documento Anexo

3. Certificación de Requisitos del Representante Legal o revisor fiscal en el que evidencia que han cumplido con todos los requisitos durante el respectivo año, conforme lo ordena el numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T. NO es necesario adjuntar la declaración de renta.

Certificado Anexo

4. Certificación del Representante Legal de los antecedentes judiciales y declaración de caducidad de contratos estatales de los miembros de la junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T.

Certificado Anexo

5. Acta de la Asamblea General o máximo órgano de dirección en el que se aprobó la distribución del beneficio neto o excedente del respectivo año gravable. Numeral 3, Parágrafo 2° del artículo 364-5 ET.

Acta Asamblea

6. Certificación donde se indiquen los nombres e identificación de los cargos directivos y gerenciales, y de manera global el concepto y valor de la remuneración de dichos cargos. Aplica para las entidades a que se refieren los artículos 19 y 19-4 del Estatuto Tributario, que tengan ingresos brutos en el año gravable anterior superiores a 3.500 UVT.

Certificado Anexo

7. Estatutos Vigentes ITE

8. Solicitud Régimen Tributario Especial DIAN